El Caballero de la Triste Figura http://anvazher.nireblog.com Reflexiones de un cyberbunk Sat, 05 Jul 2008 19:00:50 +0100 El Caballero de la Triste Figura http://anvazher.nireblog.com/blogs/anvazher/gravatar.gif http://anvazher.nireblog.com http://nireblog.com Urgente: hay que parar esto ¡YA! http://anvazher.nireblog.com/post/2008/07/05/urgente-hay-que-parar-esto-ya http://anvazher.nireblog.com/post/2008/07/05/urgente-hay-que-parar-esto-ya

Copiado y pegado de "Informática Verde":

¡Hay que parar a los europarlamentarios antes del lunes!

Archivado en: Derechos digitales — boronat @ 00:11

En el Parlamento Europeo están a punto de votar una barbaridad.

El lunes 7, a las 7 de la tarde, en Estrasburgo, se reúne el comité de Mercado Interno y Protección del Consumidor (IMCO). En el orden del día, el Paquete de Telecomunicaciones. Se votarán las enmiendas bautizadas como "enmiendas-torpedo" por la Asociación de Internautas y La Quadrature du Net. Se trata de otro ataque a la libertad y a la neutralidad de la red, en un nuevo intento de evitar las descargas que ellos llaman "ilegales" (nosotros decimos "compartir").

Las enmiendas-torpedo, propuestas por el británico Malcolm Harbour (Partido Conservador, Partido Popular Europeo), son las siguientes:
- Enmienda H1: permitiría a los gobiernos establecer restricciones para evitar el "contenido ilícito" en Internet. La principal, actuar sobre la "calidad del servicio", o dicho de otra manera, reducir la velocidad del P2P, burlando la neutralidad de la red.
- Enmienda H2: pretende establecer mecanismos de cooperación entre los proveedores de Internet y los productores de contenido. O en otras palabras, abrir la puerta para que las sociedades de autores establezcan a los proveedores de Internet qué contenido es lícito y cual ilícito.
- Enmienda H3: inspirada en la "Guillotina Digital" de Sarkozy, obligaría a los proveedores de servicio a controlar y advertir por email a los usuarios cuando se descarguen contenido ilícito.

Además, en otro Comité, el de Justicia y Libertades Civiles (LIBE), ya se han aprobado otras dos enmiendas, a propuesta del también conservador británico Syed Kamall, que permiten la instalación y ejecución forzosa de software en los PCs para detectar infracciones de propiedad intelectual. En cristiano: abre la puerta a que te instalen spyware que compruebe si te bajas canciones.

La Quadrature du Net hace un informe detallado (en inglés) de lo que suponen estas enmiendas. Entienden que amenazan la arquitectura abierta de Internet, así como los derechos y libertades fundamentales de los usuarios.

La voz de alarma está dada. La Asociación de Internautas colgaba el jueves un comunicado en su web diciendo: "A los usuarios de Internet de Europa se les podría impedir realizar actividades lícitas por medio de spyware obligatorio, en aras a su seguridad." Se ataca así el derecho a usar software libre (¿habrá versión del spyware para Linux?), y la neutralidad de la red (reducir la velocidad del P2P a propósito es violar la neutralidad de la red). El comunicado, titulado "Eurodiputados quieren torpedear la libertad en Internet", es una traducción del texto redactado por los activistas franceses de "La Quadrature du Net". Pese a la gravedad del asunto, las noticias en Menéame apenas reciben votos (ni la versión en español, ni en francés)

El movimiento de los eurodiputados conservadores ha sido inteligente. Han presentado enmiendas complementarias en dos comités distintos, dificultando la visión de conjunto. Además, las han vendido como una herramienta para atacar la pornografía infantil, tratando así de convencer al mayor número posible de eurodiputados, que podrían no darse cuenta de que están votando contra el P2P.

Es necesario llegar hasta los europarlamentarios, aunque no hay mucho tiempo. La votación tendrá lugar en el Comité IMCO el lunes 7 a las 7 de tarde. Sin embargo, la hora límite son las 4 de la tarde, cuando los grupos políticos se reúnen para decidir su voto.

La jugada no se acabará aquí. El lunes es el Comité quien vota, pero ha de ser el Pleno del Parlamento Europeo quien refrende el voto, y esto no ocurrirá hasta septiembre. Lo que hay que hacer ahora es tratar de rechazar esas enmiendas, hacernos oir para que sepan que no bajamos la guardia.

El lunes 7, cuando los eurodiputados abran su correo, han de tener cuantas más protestas sea posible sobre la mesa. Sólo nos quedan 48 horas.

Pídele a los europarlamentarios que voten en contra de las enmiendas H1, H2 y H3 en el Comité IMCO del lunes 7. Puedes empezar con son las direcciones de los eurodiputados españoles, y un pequeño texto:
Estimada eurodiputada,

Por la presente, le solicito que se posicione en contra de las enmiendas H1, H2 y H3, propuestas por el eurodiputado Malcom Harbour, que se presentan a votación el lunes 7 a las 7 de la tarde en el Comité IMCO, en el tercer punto del orden del día (COM(2007)0698).

Estas enmiendas son un ataque a la libertad de los usuarios en la red, y supondrían grandes dificultades en el uso de software libre y de aplicaciones P2P.

Me permito llamarle la atención sobre el comunicado de la Asociación de Internautas al respecto: http://www.internautas.org/html/5039.html

Agradeciendo su colaboración, reciba un cordial saludo

Eurodiputadas
ines.ayalasender@europarl.europa.eu; pilar.ayuso@europarl.europa.eu; maria.badiaicutchet@europarl.europa.eu; pilar.delcastillo@europarl.europa.eu; barbara.duhrkop@europarl.europa.eu; carmen.fragaestevez@europarl.europa.eu; cristina.gutierrez-cortines@europarl.europa.eu; esther.herranzgarcia@europarl.europa.eu; rosa.miguelezramos@europarl.europa.eu; francisca.pleguezuelosaguilar@europarl.europa.eu; teresa.rieramadurell@europarl.europa.eu; maria.sornosamartinez@europarl.europa.eu;

Eurodiputados
enrique.baroncrespo@europarl.europa.eu; josep.borrellfontelles@europarl.europa.eu; carlos.carnerogonzalez@europarl.europa.eu; alejandro.cercas@europarl.europa.eu; fernando.fernandezmartin@europarl.europa.eu; juan.frailecanton@europarl.europa.eu; gerardo.galeote@europarl.europa.eu; vicentemiguel.garcesramon@europarl.europa.eu; salvador.garrigapolledo@europarl.europa.eu; luis.degrandespascual@europarl.europa.eu; marti.grauisegu@europarl.europa.eu; ignasi.guardans@europarl.europa.eu;  david.hammersteinmintz@europarl.europa.eu; mikel.irujoamezaga@europarl.europa.eu; carlos.iturgaizangulo@europarl.europa.eu; antonio.lopezisturiz@europarl.europa.eu; florencio.luqueaguilar@europarl.europa.eu; miguelangel.martinez@europarl.europa.eu; antonio.masiphidalgo@europarl.europa.eu; jaime.mayororeja@europarl.europa.eu; manuel.medinaortega@europarl.europa.eu; inigo.mendezdevigo@europarl.europa.eu; willy.meyerpleite@europarl.europa.eu;  javier.morenosanchez@europarl.europa.eu; juanandres.naranjoescobar@europarl.europa.eu; robiols@psc.es; josu.ortuondolarrea@europarl.europa.eu; raul.romeva@europarl.europa.eu; joseignacio.salafranca@europarl.europa.eu; antolin.sanchezpresedo@europarl.europa.eu;  daniel.varelasuanzes-carpegna@europarl.europa.eu; alejo.vidal-quadras@europarl.europa.eu; luis.yanez-barnuevogarcia@europarl.europa.eu

Todos los demás están en la web del Parlamento Europeo.

Aqui estan los correos de todos los miembros del IMCO
zuzana.roithova@europarl.europa.eu; alexandergraf.lambsdorff@europarl.europa.eu; cristiansilviu.busoi@europarl.europa.eu; mogens.camre@europarl.europa.eu; charlotte.cederschiold@europarl.europa.eu; desislav.chukolov@europarl.europa.eu; gabriela.cretu@europarl.europa.eu ; cetatenieuropeni@gmail.com ; mia.devits@europarl.europa.eu ; janelly.fourtou@europarl.europa.eu; evelyne.gebhardt@europarl.europa.eu ; marti.grauisegu@europarl.europa.eu; anna.hedh@europarl.europa.eu ; edit.herczog@europarl.europa.eu ; ilianamalinova.iotova@europarl.europa.eu ; pierre.jonckheer@europarl.europa.eu ; kurt.lechner@europarl.europa.eu ; riitta.aarrevuo@brutto.inet.fi ; llehtinen@europarl.eu.int ; toine.manders@europarl.europa.eu; llehtinen@europarl.europa.eu ; nickolay.mladenov@europarl.europa.eu ; catherine.neris@europarl.europa.eu ; bill.newtondunn@europarl.europa.eu ; zita.plestinska-assistant@europarl.europa.eu ; guido.podesta@europarl.europa.eu ; karin.riisjorgensen@europarl.europa.eu ; heide.ruehle@europarl.europa.eu ; heide.ruehle@gmx.de ; leopoldjozef.rutowicz@europarl.europa.eu ; christel.schaldemose@europarl.europa.eu ; andreas.schwab@europarl.europa.eu ; post@andreas-schwab.de ; marianne.thyssen@europarl.europa.eu ; bernadette.vergnaud@europarl.europa.eu ; b.weiler.mdep@t-online.de ; marian.zlotea@europarl.europa.eu

Correo “tipo” para enviar a todos los miembros del IMCO (españoles o no).

Dear Europarliament member,

With this letter I suggest you to vote against the document COM(2007)0698 proposed by MEP Malcom Harbour next July 7th at IMCO Comission.

These amendings are in a practical way an attack to the freedom of users in the internet, and would be a very big handicap for using free software in Europe.

Please let me suggest you the press release about this topic from the Foundation for a Free Information Infrastructure:

http://press.ffii.org/Press_releases/European_Parliament_rushes_towards_Soviet_Internet

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Sat, 05 Jul 2008 14:32:50 +0100
Músicos contra la Naturaleza http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/30/musicos-contra-la-naturaleza http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/30/musicos-contra-la-naturaleza Al parecer algunas estrellas de la música, ademas de padres de la cultura y adalides de la libertad, son ahora defensores del medio ambiente... con la misma eficacia a la que nos tienen acostumbrados...

No se si los ecologistas saben con quien están jugando...

Manifiesto contra Músicos por la Naturaleza

Castilla y León 27 de junio



Organizaciones ecologistas y sociales [1] se unen para denunciar un festival que consideran un negocio para limpiar la nefasta imagen de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

La Junta de Castilla y León, lejos de actuar como un garante de la conservación de la naturaleza, ha desertado del cumplimiento de sus obligaciones urbanísticas y medioambientales, fomentando el sistemático incumplimiento de nuestro ordenamiento jurídico. Es decir, el Gobierno autonómico de Castilla y León se ha convertido en el primer y peor enemigo del medio ambiente de la Comunidad Autónoma defendiendo y alentando cuantos proyectos especulativos puedan cruzarse por la imaginación de los promotores más codiciosos y desaprensivos. El desparpajo y la permanente insistencia en defender sólo la especulación urbanística les ha llevado a avalar proyectos como el de la macrourbanización de Las Navas del Marques o el proyecto de estación de esquí de San Glorio, y en estos casos ha tenido que ser la Justicia la que ha parado la materialización de planes que atentaban salvajemente contra espacios naturales protegidos.

Se da la paradoja de que la Junta de Castilla y León, a sabiendas de la impresentable política medioambiental que ejecuta, necesita “limpiar” su imagen y para ello crea la Fundación Patrimonio Natural, un ente de naturaleza “privada” aunque nutrida con fondos públicos. Esta Fundación es en realidad una tapadera para, con unos supuestos fines, promocionar la conservación de los espacios naturales, pero únicamente se la conoce por organizar estos conciertos a las mismas puertas de la Sierra de Gredos, un Parque Regional protegido por la Ley 3/1996, de 20 de junio. Además, este espacio está protegido por la Unión Europea como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Lugar de Interés Comunitario (LIC).

Es palpable el desinterés de la Junta de Castilla y León en la protección efectiva de los espacios naturales de nuestra Comunidad Autónoma. El siguiente ejemplo pone de manifiesto lo dicho. La Ley que declaró el Parque Regional de la Sierra de Gredos en 1996 dice textualmente: “La Junta de Castilla y León aprobará en el plazo de un año el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Regional”. Este Plan es el instrumento legal que tiene que regular, entre otras cosas, las actividades recreativas que pueden o no realizarse en el Parque. A día de hoy, 12 años después de la declaración de Gredos como espacio natural protegido, la Junta de Castilla y León todavía NO ha aprobado el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG). Esta cuestión pone en evidencia la larga trayectoria de desidia y de desprecio hacia la naturaleza por parte de los responsables de medio ambiente del Gobierno autonómico.

El objetivo que ésta alega para organizar el concierto en Gredos es “promocionar la riqueza natural de Castilla y León con el fin de aumentar el número de visitantes, al tiempo que se conciencia a la población de la importancia de disfrutar de la naturaleza preservando los recursos naturales”. Esta afirmación es totalmente contradictoria con lo que recoge la propia Junta de Castilla y León en su página web, al afirmar que el principal factor de vulnerabilidad del Parque Regional de Gredos es la “alta presión turística”. Resulta evidente que la promoción de la naturaleza nunca se puede hacer a costa de la propia naturaleza.

La insensatez de la Administración regional y de la propia Fundación Patrimonio Natural les lleva a actuar como auténticos kamikazes. Resulta sorprendente que sean ellos los que se dediquen a organizar en Gredos eventos masivos en una época de alto riesgo de incendios forestales con una climatología caracterizada por las altas temperaturas y por la posible formación de fenómenos tormentosos con aparato eléctrico. El riesgo de incendio se vería incrementado por la presencia de miles de personas en el concierto y sus zonas aledañas, y donde una sola negligencia puede provocar graves consecuencias para las personas y para el Parque de Gredos.

Téngase presente que en los términos municipales del Parque Regional de Gredos se produjeron 340 incendios desde el 1 de enero de 2000 a 31 de diciembre 2005, de los que 46 % fueron incendios intencionados y 11% se ocasionaron por aparato eléctrico. A final del verano de 2005 se produjo un grave incendio de casi 1.000 hectáreas a tan sólo tres kilómetros de la zona elegida para el concierto, y en la que ardieron importantes áreas de matorral, pastizales y turberas. Este incendio tardó en extinguirse varias semanas ante la alarma de la población del entorno, que veía cómo una zona de alto valor ecológico caía pasto de las llamas.

Por todo lo apuntado, estamos convencidos de que la Junta de Castilla y León, a través de la Fundación Patrimonio Natural, intenta utilizar la imagen de artistas como Bob Dylan o Amaral para unos fines contrarios a la conservación de la naturaleza, un organismo que usa el eco-márketing para intentar lavar su imagen y su pésima gestión de los espacios naturales protegidos en Castilla y León. La organización sólo buscará el engaño a los artistas y la foto de alguno de ellos con el político de turno. Es su único objetivo. Confiamos en que los propios artistas no permitan que su imagen y su música sean utilizadas para contribuir a unos fines que claramente no son los estrictamente conservacionistas.


 



[1] Unión Sindical de CC.OO. de Ávila - Asociación Centaurea - Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León - Asociación Medioambiental Sotillo Verde - Asociación Geográfica Ambiental - Asociación en Defensa del Alberche - Ecologistas en Acción de Ávila - Plataforma contra la Especulación Urbanística y Ambiental de Candeleda - Asociación de Protección del Medio Natural de Candeleda/Cinclus - Ecologistas en Acción de Salamanca - Plataforma en Defensa de San Glorio - Ecologistas en Acción de Palencia – Ecologistas en Acción de Burgos - ASDEN-Ecologitas en Acción de Soria - Gredos Verde-Ecologistas en Acción - Mountain Wilderness - Cantueso – RedMontañas - Foro Civico - Ciudadanos por Segovia - Ecologistas en Acción de Segovia -Sierra Oeste Desarrollo S.O.S.tenible

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Mon, 30 Jun 2008 07:54:08 +0100
¿Una nueva asignatura sobre Internet? http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/29/una-nueva-asignatura-sobre-internet http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/29/una-nueva-asignatura-sobre-internet Acabo de desayunarme una noticia de Libertad Digital a propósito de una nueva asignatura sobre Internet. Tal y como he intentado comunicar a LD (estoy a la espera de que publiquen el comentario) estoy en desacuerdo con dicha afirmación por lo que sigue:

  • La asignatura "Ciencias para el mundo contemporáneo" incluye contenidos sobre el método científico, el origen del Universo y de la Tierra, evolucionismo, educación para la salud, desarrollo de nuevos medicamentos, ingeniería genética, reproducción asistida, ecología, desarrollo sostenible, nuevos materiales y, al final del temario, Sociedad de la Información.
  • Si bien el real decreto que reguló esta asignatura a nivel nacional fue publicado hace meses las correspondientes regulaciones de ámbito autonómico son bastante mas recientes. En Extremadura, por ejemplo, la normativa correspondiente ha sido publicada a final de curso, entre las evaluaciones finales, la selectividad, las oposiciones de secundaria y el inicio de las vacaciones de verano para algunos... con lo cual las decisiones relativas a la organización de dicha asignatura en cada instituto se tomarán por el equipo directivo sin posibilidad de consulta al claustro de profesores.
  • Está por definir a que departamento corresponde dicha asignatura ¿Física y Química, Biología y Geología, Tecnología, Filosofía? Por esta razón cada insituto asignará la asignatura a un departamento u otro en función de las necesidades y posibilidades horarias de la plantilla docente.
  • Cada profesor, dependiendo de su formación (aclaremos: podría ser un físico, un químico, un biólogo, un geólogo, un ingeniero, un filósofo...) dará un enfoque distinto a la asignatura, dando preferencia a unos contenidos sobre otros.
  • Cuando un profesor no tiene claras la naturaleza y objetivos de una materia y, aun así, se ve en la obligación de impartirla, sigue la programación de alguno de los libros de texto disponibles en el mercado. Todos los que yo he visto, sin excepción, tratan los temas relativos a la Sociedad de la Información al final del temario. Si algún tema queda sin impartirse, o se imparte de mala manera por falta de tiempo, en muchos casos suele ser el último del libro: en este caso los contenidos relativos a la Sociedad de la Información están en ese puesto.

Por lo tanto, como internauta y profesor de secundaria (especialidad Física y Química y, por lo tanto, potencial futuro profesor de "Ciencias para el Mundo Contemporáneo") decir que el próximo curso se impartirá una asignatura sobre el uso de Internet me parece, como mínimo, exagerado.

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Sun, 29 Jun 2008 09:34:12 +0100
Esto será legal... ¡Pero vaya morro! http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/27/esto-sera-legal-pero-vaya-morro http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/27/esto-sera-legal-pero-vaya-morro Factura canon cds


Prefiero no hacer comentarios...

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Fri, 27 Jun 2008 17:33:30 +0100
La reforma de la LISI propuesta por el PP no es suficiente http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/17/la-reforma-de-la-lisi-propuesta-por-el-pp-no-es-suficiente http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/17/la-reforma-de-la-lisi-propuesta-por-el-pp-no-es-suficiente En la PROPOSICIÓN DE LEY 622/000001 De modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información, presentada recientemente por el Partido Popular, se propone corregir el fallo en su redacción que permite el cierre de páginas web sin intervención judicial. Dicho fallo ya había sido denunciado en su momento por el Partido Pirata, en base a que en el artículo 5 de la citada Ley de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información (mas conocida como LISI) puede leerse

En todos los casos en que la Constitución, las normas reguladoras de los respectivos derechos y libertades o las que resulten aplicables a las diferentes materias atribuyan competencia a los órganos jurisdiccionales de forma excluyente para intervenir en el ejercicio de actividades o derechos, sólo la autoridad judicial competente podrá adoptar las medidas previstas en este artículo. En particular, la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes.

De la expresión cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución, aplicada a la potestad de los jueces para el secuestro de páginas de Internet o su restricción abre la posibilidad a una interpetación de la ley según la cual podría haber casos en los que el cierre de dichas páginas no afectaría a los derechos reconocidos en el artículo 20 de la Constitución, siendo posible en tales casos el cierre o restricción de una página web sin necesidad de intervención judicial.

La misma LISI otorga la potestad para el cierre o restricción de una página web a órganos competentes (sin entrar a precisar la naturaleza de dichos órganos) en su artículo 4:

1.En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, los órganos competentes para su protección, en ejercicio de las funciones que tengan legalmente atribuidas, podrán adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran.

La Constitución, sin embargo, solo reconoce a los jueces (y no a órganos competentes indefinidos) la potestad para el cierre o restricción de una página web, según se deduce del citado artículo 20:

5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

A pesar de que este evidente recorte de las garantías constitucionales fue denunciada durante su tramitación, entre otros, por el Partido Pirata y por la Asociación de Internautas, dicha redacción fue aprobada con el apoyo de la mayoría de los grupos parlamentarios. Con posterioridad a su aprobación tanto Partido Pirata como Asociación de Internautas realizaron sendas solicitudes al Defensor del Pueblo para que, a su vez, denunciase la inconstitucionalidad de la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Recientemente el Partido Popular, que en su momento no se opuso a la polémica redacción de la ley aquí mencionada, ha decidido proponer su reforma en el sentido de eliminar la referencia a los órganos competentes citados en el polémico artículo 4, quedando tal y como se cita a continuación:

1.En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, la autoridad judicial podrá adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran.

Sin embargo la redacción del artículo 4 propuesta por el Partido Popular no modifica un párrafo que dice:

5.Las medidas de restricción que se adopten al amparo de este artículo deberán, en todo caso, cumplir las garantías y los requisitos previstos en los apartados 3 y 4 del artículo 11 de esta ley.

La ley mencionada en este último párrafo es, en realidad, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que es modificada en algunos aspectos por el artículo 4 de la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, y el citado apartado 3 del artículo 11 (que, en la LISI, se encuentran en el apartado 5 del artículo 4), es donde se incluye el párrafo anteriormente citado:

En todos los casos en que la Constitución, las normas reguladoras de los respectivos derechos y libertades o las que resulten aplicables a las diferentes materias atribuyan competencia a los órganos jurisdiccionales de forma excluyente para intervenir en el ejercicio de actividades o derechos, sólo la autoridad judicial competente podrá adoptar las medidas previstas en este artículo. En particular, la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución solo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes.

Razón por la cual sería necesaria la corrección de este párrafo y, en general, de cualquier otro del que pudiera entenderse que es posible el cierre o restricción de una página web sin necesidad de autorización judicial.

El Partido Pirata considera, por lo tanto, que la propuesta del Partido Popular representa un cambio de actitud en la dirección correcta, pero que es insuficiente para recuperar las garantías constitucionales perdidas con la aprobación de la llamada Ley de Impulso de la Sociedad de la Información.

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Tue, 17 Jun 2008 10:41:38 +0100
Confirmado: el PP quiere devolver a los jueces el control sobre el cierre de páginas web. http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/06/confirmado-el-pp-quiere-devolver-a-los-jueces-el-control-sobre-el-cierre-de-paginas-web http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/06/confirmado-el-pp-quiere-devolver-a-los-jueces-el-control-sobre-el-cierre-de-paginas-web

Está confirmado: según puede leerse en http://www.senado.es/legis9/publicaciones/html/textos/IIIA002A.html

el PP va a llevar al Senado la cuestión sobre si hace falta un juez para cerrar una página web. Incluyo el texto:


BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
IX LEGISLATURA
Serie III A: PROPOSICIONES DE LEY DEL SENADO
5 de junio de 2008

Núm. 2 (a)


PROPOSICIÓN DE LEY
622/000001 De modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso a la Sociedad de la Información.

TEXTO DE LA PROPOSICIÓN
622/000001
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 108.2 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la Proposición de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado, de modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

El plazo para la presentación de otras proposiciones de ley sobre el mismo objeto o materia finalizará el próximo día 23 de junio de 2008, lunes.

Lo que se publica para general conocimiento.

Palacio del Senado, 3 de junio de 2008.-P. D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.

A la Mesa del Senado
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 108 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente PROPOSICIÓN DE LEY para su debate en el Pleno.

Exposición de Motivos.

La Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, que se aprobó el pasado año, para reformar diversos aspectos de la legislación en materia de nuevas tecnologías, establece en su artículo 4 que las restricciones a la prestación de servicios podrán ser llevadas a cabo por «órganos competentes» y no requiere como indispensable una intervención judicial para adoptar las citadas medidas de cierre. De esta manera podrían quedar limitadas las garantías de un derecho fundamental como es el derecho a la libertad de expresión, puesto que toda página web es una publicación y, por lo tanto, cualquier secuestro o control de sus contenidos estará afectando a un derecho fundamental. Por tanto, consideramos que en aras a la claridad y precisión legislativa sería conveniente modificar dicho artículo determinando claramente la competencia exclusiva de los órganos judiciales.


Por ello presentamos la siguiente
PROPOSICIÓN DE LEY PARA QUE SE MODIFIQUE LA LEY 56/2007, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS DE IMPULSO DE LA SOCIEDAD DE
LA INFORMACIÓN
El artículo 4 quedará redactado de la siguiente manera:

«Artículo 4. Modificaciones de la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.»
Se modifica la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información en los siguientes aspectos:

Uno. Se da nueva redacción al párrafo primero del artículo 4, con el texto siguiente:

«A los prestadores establecidos en países que no sean miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 7.2 y 11.2.»
Dos. Se da nueva redacción al artículo 8 con el texto siguiente:

«Artículo 8. Restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitario.

1. En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, la autoridad judicial podrá adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran. Los principios a los que alude este apartado son los siguientes:

a) La salvaguarda del orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional.

b) La protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de consumidores o usuarios, incluso cuando actúen como inversores.

c) El respeto a la dignidad de las personas y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social y
d) La protección de la juventud y de la infancia.

En la adopción y cumplimiento de las medidas de restricción a que alude este apartado se respetarán, en todo caso, las garantías, normas y procedimientos previstos en el ordenamiento jurídico para proteger a la libertad de expresión o a la libertad de información y los derechos a la intimidad personal y familiar, a la protección de los datos personales, cuando éstos pudieran resultar afectados.

2. La adopción de restricciones a la prestación de servicios de la sociedad de la información provenientes de prestadores establecidos en un Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo distinto a España deberá seguir el procedimiento de cooperación intracomunitario descrito en el siguiente apartado de este artículo, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación procesal y de cooperación judicial.

3. Cuando un juez, en ejercicio de las competencias que tenga legalmente atribuidas, y de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo a) del apartado 4 del artículo 3 de la Directiva 2000/31/CE, establecer restricciones que afecten a un servicio de la sociedad de la información que proceda de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo distinto de España, deberá seguir el siguiente procedimiento:

a) Requerirá al Estado miembro en que esté establecido el prestador afectado para que adopte las medidas oportunas. En el caso de que no las adopte o resulten insuficientes, dicho juez notificará, con carácter previo, a la Comisión Europea o, en su caso, al Comité Mixto del Espacio Económico Europeo y al Estado miembro de que se trate las medidas que tiene intención de adoptar.

b) En los supuestos de urgencia, el órgano judicial podrá adoptar las medidas oportunas, notificándolas al Estado miembro de procedencia y a la Comisión Europea o, en su caso, al Comité Mixto del Espacio Económico Europeo con la mayor brevedad y, en cualquier caso, como máximo, en el plazo de quince días desde su adopción. Así mismo, deberá indicar la causa de dicha urgencia.

Los requerimientos y notificaciones a que alude este apartado se realizarán siempre a través del órgano de la Administración General del Estado competente para la comunicación y transmisión de información a las Comunidades Europeas.

4. Los órganos competentes de otros Estados Miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo podrán requerir la colaboración de los prestadores de servicios de intermediación establecidos en España en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 11 de esta ley si lo estiman

necesario para garantizar la eficacia de las medidas de restricción que adopten al amparo del apartado anterior.

5. Las medidas de restricción que se adopten al amparo de este artículo deberán, en todo caso, cumplir las garantías y los requisitos previstos en los apartados 3 y 4 del artículo 11 de esta ley.»
Palacio del Senado, 28 de mayo de 2008.-El Portavoz, Pío García-Escudero Márquez.

Habrá que leer despacio la letra pequeña, pero lo mas importante es que se desea acabar con la tontería de los "órganos competentes" (¿la SGAE o cualquier concejal, alcalde o consejero con dudosos intereses, por ejemplo?) para poner la responsabilidad del cierre de una web en manos de un juez.

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Fri, 06 Jun 2008 10:18:30 +0100
El PP quiere reformar la LISI http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/04/el-pp-quiere-reformar-la-lisi http://anvazher.nireblog.com/post/2008/06/04/el-pp-quiere-reformar-la-lisi En la web del senado puede leerse:

Proposición de Ley de modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Procedimiento: Ordinario
Registrado el 28 de Mayo de 2008, calificado el 03 de Junio de 2008
Iniciativa presentada por:

GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO

Situación actual: Pendiente de publicación desde 03 de Junio de 2008
Descriptores EUROVOC: administración electrónica, comercio electrónico, modificación de la ley, planificación nacional, política de telecomunicación, sociedad de la información.

Según el diario El País el PP va a solicitar la derogación de la parte de la LISI según la cual puede cerrarse una web sin necesidad de intervención judicial.

A ver si es verdad.

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Wed, 04 Jun 2008 10:00:14 +0100
Haciendo las cosas un poquito mejor (como mínimo) que la mayoría http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/29/haciendo-las-cosas-un-poquito-mejor-como-minimo-que-la-mayoria http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/29/haciendo-las-cosas-un-poquito-mejor-como-minimo-que-la-mayoria Según publica el El Mundo la Junta de Extremadura va a destinar la friolera de 204.000 € al desarrollo del software necesario para el funcionamiento de 10.000 ordenadores de la administración extremeña. En dicho presupuesto se incluye, además, el mantenimiento por un año, la actualización de repositorios, el soporte de hardware y la corrección de errores.

Los que me conocen saben que soy muy crítico con muchas de las actuaciones de la Junta de Extremadura (y, seguramente, si dispusiera de toda la información al respecto de esta operación encontraría algo criticable), pero viendo lo que hay por ahí fuera no puedo dejar de alegrarme de lo que tenemos aquí, al menos en lo relativo a la adquisición de software.

Y es que, por poner un ejemplo, el Ayuntamiento de San Joan Despí dedicó no hace mucho una partida presupuestaria de 252.000 € a la adquisición de software y las licencias de uso correspondientes de Microsoft Exchange, Office y SQL para la red informática municipal.

Llama la atención que el ayuntamiento de una población de 31.671 habitantes (según datos de INE de 2007) necesite gastar en licencias de una suite ofimática y de una base de datos mas que toda una administración autonómica en el desarrollo de sistemas operativos completos. No puede justificarse por la calidad de la suite Microsoft Office, que no soporta ningún estándar ofimático, a diferencia de la suite Open Office, que soporta el estándar Open Document (por cierto: Open Office es gratis, y existen versiones para GNU/Linux y para Windows).

Asi que ¿por qué ese despilfarro en la partida presupuestaria del software de gestión? Dejo al amable lector que especule libremente sobre la respuesta que mas le convenga.

Y conste que lo de San Joan Despí es solo un ejemplo: vayan al buscador del BOE y tecleen "Microsoft", revisen las respuestas y juzguen ustedes mismos.

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Thu, 29 May 2008 10:26:49 +0100
Buenas noticias respecto al canon digital y el ODF http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/24/buenas-noticias-respecto-al-canon-digital-y-el-odf http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/24/buenas-noticias-respecto-al-canon-digital-y-el-odf Hay algo en el aire. Es sábado, no tengo que ir a trabajar, ha salido el sol... ¿puede haber algo mejor? Pues sí...

Esta mañana he entrado en la red para comprobar que nadie había desmentido la noticia bomba de ayer: las reclamaciones judiciales de la SGAE contra un puñado de tiendas de informática, a causa del canon digital, han sido paralizadas por el momento. Si lo he entendido bien dicha paralización todavía no es definitiva... pero la victoria moral de Ana  Traxtore y compañia es mas que clara.

De propina me encuentro con que Microsoft tiene previsto incluir, en 2009, soporte para ODF en su suite ofimática Office... y que no incluirá (todavía) soporte para OOXML (deben haber caido en la cuenta de que a pesar de la presunta certificación ISO sigue siendo un formato que está muy verde).

Como diría una compañera de trabajo todo esto es "fuerte tirando a superfuerte". Ya solo falta que Rodolfo Chiquilicuatre gane esta noche en Eurovisión.

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Sat, 24 May 2008 08:01:55 +0100
Como solicitar una beca para ir a la Universidad http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/15/como-solicitar-una-beca-para-ir-a-la-universidad http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/15/como-solicitar-una-beca-para-ir-a-la-universidad El recien creado "Ministerio de Educación, Política Social y Deporte" acaba de demostrar que tiene la sensibilidad de una almeja. Acaba de publicar la convocatoria de becas para estudios universitarios para el próximo curso, con las siguientes lindezas:

*La solicitud solo puede hacerse "on line", aportando un correo electrónico, rellenando un formulario e imprimiendo un pdf. Los alumnos que no tengan internet en casa dependerán de la buena voluntad de que algún amigo les deje usar el suyo. En zonas rurales con escasa implantación de internet esto puede ser un problema serio.

En el barrio de Valdepasillas, en Badajoz, donde estoy ahora, el problema no es muy grande, pero en las pequeñas poblaciones del norte de Cáceres no se si será fácil encontrar un cibercafé donde te permitan utilizar la impresora.

La solución final consistirá en largas colas para utilizar los ordenadores que los institutos pongan a disposición de sus alumnos para este fin. La posibilidad de realizar los trámites administrativos on line es beneficiosa cuando facilita la vida, no cuando la complica.

*El pdf difundido con la convocatoria remite, para la solicitud, a una página que no existe (www.mec.es/becas.). El problema se solventa facilmente si en el navegador se escribe la misma dirección sin el punto final, y si uno comienza a navegar por los menús. Imaginad ahora que no teneis mucho manejo y estais de prestado en el internet del padre de un amigo vuestro. Las direcciones correctas son:

Para la convocatoria (aunque, según el lector de pdf, es "Vista de la instacia presentada por la Consejería de Educación de Lisboa ante la Dirección General de Cooperación Territorial" o algo así...):

http://www.mepsyd.es/mecd/becas/educacion/files/be-general/2008-09-inicio.pdf

Información general (aunque, según el lector de pdf es "CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PARTICIPAR EN CURSOS DE INMERSIÓN EN LENGUA INGLESA ORGANIZADOS POR LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL..." o algo así):

http://www.mepsyd.es/mecd/becas/educacion/files/be-general/2008-infgralinicio.pdf

Para la solicitud:

http://www.mepsyd.es/becasmec/CiudadanoGenerales.do?COD_CONV=AI

*Todo esto entre el final de curso y la selectividad, para darle mas emoción: el plazo de solicitud termina el día 13 de junio.

La tramitación administrativa on line es una gran idea cuando el acceso a Internet es sencillo. En caso contrario puede ser un incordio si no existe alternativa.

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Thu, 15 May 2008 11:17:22 +0100
EXGAE http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/10/exgae http://anvazher.nireblog.com/post/2008/05/10/exgae 6.png 
Lo que sigue es un "copia y pega" de la web de EXGAE:

EXGAE

MIERCOLES 14 DE MAYO - 19,30h
Multiplica y reparte. Para un conocimiento libre y compartido.

Calle Sant Pau 58 - Barcelona

Inaugura la EXGAE, primera asesoría legal casi gratuita especializada en librar los ciudadanos de los abusos de la SGAE y demás entidades de gestión

logo

La EXGAE se abre con la voluntad de canalizar la popular y justificada hostilidad hacía estas entidades, dotarla de herramientas artísticas, legales y apostar por su fin.
La EXGAE apuesta, juntamente con la gran mayoría de la sociedad civil, por otras formas de circulación de la cultura.
24 identidades, entre asociaciones y ciudadanos, están detrás de esta iniciativa que comienza respaldada por casi 8000 personas.
Está enfocada a informar y ayudar a la ciudadanía en general (¡todos pagamos el canon!) y, en particular a asesorar comercios, creadores, artistas y productores.
Cuenta con los mejores abogados.

Miércoles 14 - 19,30h - C/ Sant Pau 58 bajos:
Presentación pública de la EXGAE: para qué sirve y como usarla. Estarán también los abogados, así que formula tus preguntas y ven a resolver tus dudas.
BurnStation por Platoniq, Tapeo por La Plateria, música Creative Commons en directo con Los Subwoofus y Brainstormlab, y VJ por Offtv.

No te lo pierdas y para navidad tendremos villancicos sin copyright.

Que servicios proponemos:

Asesoría legal presencial todos los martes con abogados especializados

Respuestas a todas las preguntas más recurrentes sobre derechos de autor, licencias, canon y entidades de gestión para artistas, productores, salas, establecimientos, tiendas de informática, etc. Lo que serían las FAQ en general y las FAQ SGAE en particular.

Herramientas de autodefensa: En www.exgae.net todo el mundo podrá descargarse las herramientas necesarias para pasar de las sociedades de gestión (modelos de contratos, cartas para rechazar el canón para difusión cuando está aplicado de forma improcedente, etc etc…)

Cambia de repertorio: te ofrecemos herramientas para acceder a repertorios no sujetos a las recaudaciones de estás entidades.

Lo que ya piensa todo el mundo, mostrarlo a la luz del día: Eventos, Actitudes, Virales, Charlas informativas, Talleres DIY, Redes P2P y dejarlo muy claros (descarga y difunde).

____________________________
Aquí está la red, tomadla y multiplicaos. Internet posibilita el intercambio horizontal de información y cultura a todos los ciudadanos. Los tiempos han cambiado, ¡por fin la copia es igual al original!. Por eso, los medios de producción cultural deben adaptarse a esta nueva democracia y no al revés.

Pero, ¿todavía pagas a las Sgae?. Es el momento de hacer un ejercicio de realidad: las sociedades de gestión son entidades obsoletas que dificultan la libre circulación del conocimiento y enriquecen a un restringido lobby de personas en lugar de beneficiar a la sociedad en su totalidad.

Existen nuevas formas de proteger y promover la creación.

Como siempre, la sociedad civil está muy por delante de la legislación.

Por eso, EXGAE es una asesoría impulsada por creadores y afectados por las actuaciones de entidades de gestión tales como la SGAE, que está enfocada a informar y ayudar a la ciudadanía en general (¡todos pagamos el cánon!) y, en particular a asesorar a comercios, creadores, artistas y productores.

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Sat, 10 May 2008 08:05:14 +0100
¿Estándar OOXML? http://anvazher.nireblog.com/post/2008/04/05/estandar-ooxml http://anvazher.nireblog.com/post/2008/04/05/estandar-ooxml Parece ser que ISO está a punto de admitir como estándar el formato OOXML de Microsoft, aunque aún es posible que los representantes de algún país cambien de idea, por lo que no habrá nada definitivo antes de junio.

Y, en cualquier caso, parece que la Unión Europea se ha tomado lo bastante en serio la gran cantidad de irregularidades por las que ha pasado el proceso de estandarización del OOXML, y va a realizar una investigación al respecto.

mapaOOXML

Y, mientras tanto, en España seguimos gastando dinero del contribuyente en la adquisición de licencias Microsoft.

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Sat, 05 Apr 2008 18:51:59 +0100
Visiones sobre el Canon Digital de PP, PSOE y Ana "Traxtore" http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/29/visiones-sobre-el-canon-digital-de-pp-psoe-y-ana-traxtore http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/29/visiones-sobre-el-canon-digital-de-pp-psoe-y-ana-traxtore En la Comisión de Economía, Comercio e Innovación de la Asamblea de Extremadura se mantuvo ayer, 28 de marzo de 2008, un interesante debate sobre las posturas del PP y del PSOE a propósito del canon digital. Por parte del PP nos encontramos a un agresivo Luis Alfonso Hernández Carrón, y por parte del PSOE un sorprendentemente (o quizá no tanto) moderado Carlos Castro.

Por cierto, que el archivo de audio está en formato Windows Media Audio. Tanto defender el software libre y se olvidan de los estándares abiertos: al menos deberían tener la delicadeza de ofrecer el archivo en Ogg Vorbis.

Mientras tanto, desde Barcelona, Ana Maria "Traxtore" Méndez nos cuenta sus desventuras en la lucha por sobrevivir frente a las demandas de la SGAE y otras entidades gestoras de derechos de autor. No deja de sorprender el ánimo de esta mujer con todo lo que tiene encima. Podeis descargaros la entrevista en mp3 o en ogg.

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Sat, 29 Mar 2008 21:23:55 +0100
¿Derecho de tunning? http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/25/derecho-de-tunning http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/25/derecho-de-tunning La noticia es, como mínimo, curiosa: Ferrari amenaza al autor de este engendro mecánico con una demanda si no retira de la limusina toda referencia a la marca italiana.

Si consideramos la limusina como obra derivada Ferrari, lo que viene a decir, es que al ser las modificaciones tan intensas debe considerarse autor del engendro a quien hizo las modificaciones, y no a la propia Ferrari, razón por la cual exige que se retiren las insignias para que no se le pueda relacionar con semejante diseño.

La cuestión es ¿está estipulado en alguna parte que se debe pedir permiso al fabricante para alterar su obra? ¿Debe incluirse alguna clausula regulatoria a propósito de estos temas en los contratos compra-venta? ¿Se tendrá en cuenta, en cualquier caso, que las modificaciones realizadas sean expuestas en alguna feria, por ejemplo, o solamente en encuentros de "tunning"? ¿Habra licencias con y sin obra derivada?

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Tue, 25 Mar 2008 12:20:12 +0100
Las administraciones públicas derrochan dinero en un software lleno de problemas http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/19/las-administraciones-publicas-derrochan-dinero-en-un-software-lleno-de-problemas http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/19/las-administraciones-publicas-derrochan-dinero-en-un-software-lleno-de-problemas Puede leerse, en la ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (22 de junio de 2007)

Artículo 4. Principios generales.

La utilización de las tecnologías de la información tendrá las limitaciones establecidas por la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, respetando el pleno ejercicio por los ciudadanos de los derechos que tienen reconocidos, y ajustándose a los siguientes principios:

b) Principio de igualdad con objeto de que en ningún caso el uso de medios electrónicos pueda implicar la existencia de restricciones o discriminaciones para los ciudadanos que se relacionen con las Administraciones Públicas por medios no electrónicos, tanto respecto al acceso a la prestación de servicios públicos como respecto a cualquier actuación o procedimiento administrativo sin perjuicio de las medidas dirigidas a incentivar la utilización de los medios electrónicos.

c) Principio de accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos en los términos establecidos por la normativa vigente en esta materia, a través de sistemas que permitan obtenerlos de manera segura y comprensible, garantizando especialmente la accesibilidad universal y el diseño para todos de los soportes, canales y entornos con objeto de que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, incorporando las características necesarias para garantizar la accesibilidad de aquellos colectivos que lo requieran.

e) Principio de cooperación en la utilización de medios electrónicos por las Administraciones Públicas al objeto de garantizar tanto la interoperabilidad de los sistemas y soluciones adoptados por cada una de ellas como, en su caso, la prestación conjunta de servicios a los ciudadanos. En particular, se garantizará el reconocimiento mutuo de los documentos electrónicos y de los medios de identificación y autenticación que se ajusten a lo dispuesto en la presente Ley.

i) Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones electrónicas garantizando la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas por los ciudadanos y por las Administraciones Públicas, así como la libertad de desarrollar e implantar los avances tecnológicos en un ámbito de libre mercado. A estos efectos las Administraciones Públicas utilizarán estándares abiertos así como,en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos.

Algunos ejemplos ilustrativos, publicados en el BOE en lo que va de año, de como las administraciones públicas no siguen estas normas:

Ayuntamiento de Sant Joan Despí (Barcelona); Suministro de software y
las licencias de uso correspondientes de
Microsoft Exchange, Office y SQL para la red informática municipal, mediante el programa de licencias
Microsoft Open Value; Importe total (euros). 252.000,00 euros (IVA
incluido);
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=anboe&id=2008/063105

Servicio Riojano de Salud; Suministro en la modalidad de arrendamiento,
con opción de compra, actualización y soporte técnico de licencias de
uso de productos Microsoft
; Importe total (euros). 356.595,69 euros;
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=anboe&id=2008/040078

Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid;
Suministro de productos y soporte avanzado en la plataforma Microsoft; Importe de licitación estimado: 9.900.600,00 euros;
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=anboe&id=2008/025134

Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid; Adquisición
de 1.819 licencias de Microsoft Office Professional 2003 para equipar diferentes dependencias municipales; Importe de adjudicación: Seiscientos setenta y tres mil setecientos noventa y tres euros con noventa y ocho céntimos (673.793,98 euros);
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=anboe&id=2008/021111

Oficina Española de Patentes y Marcas; Adquisición y actualización de
licencias de productos Microsoft para la Oficina Española de Patentes y Marcas; Importe total (euros). 652.000 (seiscientos cincuenta y dos mil euros), IVA incluido;
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=anboe&id=2008/016033

Estos son solamente unos ejemplos ¿A cuanto ascenderá el presupuesto total, dedicado por las administraciones públicas españolas, a la adquisición de software propietario? ¿Está justificado semejante gasto?

Estas adquisiciones son innecesarias para trabajar con estándares abiertos, ya que las mejores aplicaciones ofimáticas para trabajar con estándares abiertos, como ODF, pueden descargarse de la web de modo libre, gratuito y legal.

Tampoco tiene sentido su adquisición para la utilización de los formatos antiguos de Microsoft, ya que se trata de formatos obsoletos que, en pocos años, serán abandonados por la propia Microsoft. Una muestra de lo absurdo de seguir trabajando en formatos obsoletos: de entre los ejemplos citados destaca especialmente la compra, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de 1819 licencias de Office 2003, un software obsoleto (la versión actual es la Office 2007) que ya ha comenzado ha dar problemas de compatibilidad con algunos formatos antiguos, aún mas obsoletos, operación en la que van a consumirse 673.793,98 euros.

Los formatos ofimáticos mas modernos utilizados actualmente por Microsoft tienen una escasa implantación, y teniendo en cuenta la cantidad de críticas recibidas por Microsoft mientras intenta que su especificación OOXML sea admitida como estándar es bastante probable que los formatos ofimáticos actuales de esta empresa sean modificados en breve.

No es previsible, por lo tanto, que los formatos ofimáticos actuales de Microsoft alcancen el estatus de "estándares que sean de uso generalizado por los ciudadanos", mientras que los antiguos formatos dejarán de estar soportados cuando Microsoft estime que su ciclo de vida comercial se ha cumplido.

Aún en el caso de que hubiera algún problema para migrar los datos existentes en las distintas administraciones desde los formatos anteriormente usados a los formatos estándar ODF los casi doce millones de euros de las partidas arriba mencionadas hubieran sido mas que suficientes para financiar el desarrollo del software necesario para solventar dichas dificultades, software que hubiese quedado a disposición de cualquier administración o particular que lo hubiese necesitado.

No es justificable, bajo ningún punto de vista, el actual despilfarro que las administraciones públicas españolas realizan en la adquisición de software propietario.

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Wed, 19 Mar 2008 16:10:36 +0100
P4P ¿Pastel envenenado? http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/18/p4p-pastel-envenenado http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/18/p4p-pastel-envenenado Hasta hace unos días creía que Redtel planeaba suprimir el P2P en España como paso previo para controlar todo el tráfico audiovisual en la red dentro de esta piel de toro, pero parece ser que la realidad es algo mas retorcida.

Esta impresión equivocada vino al conocer que Redtel estaba solicitando permiso para "poner control en las descargas", y que Telefónica se había decidido ya a extender FTTH... cosa que hacía sospechar que estaban dispuestos a implantar ya un capado masivo de P2P en toda la red.

Pero, y aquí comienzan las noticias extrañas, ahora se empieza a hablar de que Telefónica está preparando una optimización del P2P llamada P4P que, al parecer, mejora mucho la velocidad de descargas (al menos, en algunos casos). Y no es la única operadora que anda en estos asuntos: tambien Verizon está trabajando en el mismo campo.

Ahora bien, dado que tanto Telefónica como Verizon se han destacado por su oposición a la neutralidad de la red ¿A que viene que dediquen tiempo y recursos a la optimización del P2P? Es algo así como si el Lobo Feroz se dedicase a cocinar pasteles para Caperucita.

Y esto me hace sospechar ¿Es el P4P un pastel envenenado? ¿Un intento, por parte de las operadoras, de establecer un cierto control sobre las descargas? Por ahora no se sabe gran cosa, excepto que las primeras pruebas parecen demostrar que la idea funciona, al menos en lo relativo a la mejora en la velocidad de algunas descargas (en lo de que permita a las operadoras un mayor o menor control sobre estas, se verá en el futuro).

Asi que ojo avizor: esto parece el cebo de una ratonera.  Mientras se aclara la situación, si alguien quiere saber mas, puede leer un estupendo post de Antonio Ortiz al respecto.

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Tue, 18 Mar 2008 18:50:49 +0100
Open Parliament http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/16/open-parliament http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/16/open-parliament Resumen de la petición a la UE


Los ciudadanos y grupos interesados no deberían tener que utilizar el software de una sola empresa para comunicarse con los funcionarios electos o para participar en el proceso legislativo.

Todas las empresas deberían tener la posibilidad de competir libremente por contratos para proporcionar servicios de tecnología de la información y comunicación al Parlamento Europeo.

Soy ciudadano de la UE y deseo que el Parlamento Europeo adopte el uso de estándares abiertos y que promueva la interoperabilidad en el sector de tecnología de la información y comunicación.

Creemos que la situación actual, en la que la tecnología de la información y comunicación del Parlamento Europeo se ejecuta en sistemas operativos exclusivos y software que no es interoperable con los de otros proveedores y en la que, por lo tanto, los ciudadanos y grupos interesados que desean participar del proceso legislativo se ven obligados a utilizar los productos de una única empresa, contradice el artículo primero del Capítulo 1 del Tratado de la Unión Europea. Un ejemplo de esta situación es la transmisión en vivo a través de Internet de las sesiones plenarias del Parlamento Europeo, un servicio orientado a mejorar la comprensión del proceso democrático, que en la actualidad sólo se encuentra disponible para quienes utilizan MediaPlayer de Microsoft....lea más

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Sun, 16 Mar 2008 16:53:43 +0100
Reinaldo Rodríguez responde http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/16/reinaldo-rodriguez-responde http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/16/reinaldo-rodriguez-responde Recientemente Banda Ancha organizó una recogida de preguntas dirigidas hacia el presidente de la CMT, Reinaldo Rodríguez. Aunque la experiencia de la encuesta sobre las NGN no había sido satisfactoria finalmente me animé a plantear un par de preguntas concretas:

Un par de cuestiones:

PRIMERA CUESTION:

Tal y como argumentaba la CMT en sus conclusiones sobre la consulta pública sobre las NGN realizada en 2007,

En conclusión [...] esta Comisión entiende que la separación funcional la separación funcional es una medida excepcional y extrema a considerar en el supuesto de constatarse la existencia y persistencia de situaciones discriminatorias que puedan degradar gravemente la competencia en los mercados de comunicaciones electrónicas. En consecuencia, y puesto que no pueden descartarse de antemano estos riesgos sobre la competencia, esta Comisión considera necesario el disponer explícitamente de la capacidad regulatoria para imponer la separación funcional.

Dado que la separación funcional afectaría a una empresa (Telefónica) que:
a)Ha sido objeto de frecuntes denuncias y condenas por abusar de su condición de operador dominante, especialmente en lo relativo al estrechamiento de márgenes en la reventa del acceso ADSL.
b)Tiene una rentabilidad a prueba de bomba, siendo una de las telecos mas importantes del mundo, orgullo de la bolsa española y cuyos beneficios crecen de forma espectacular año tras año.
c)Proporciona un acceso a Internet cuya relación precio/calidad resulta ridícula en comparación con la que prestan otras operadoras en Europa.

¿Sería mucho pedir, una vez constatada la persistencia de situaciones discriminatorias que degradan gravemente la competencia y constatada también la solidez económica de Telefónica que se considerase seriamente la separación funcional permitiendo así una competencia real entre las distintas operadoras

SEGUNDA CUESTION

En las conclusiones de la consulta arriba mencionada se desestima, sin dar demasiadas explicaciones al respecto, la posibilidad de tomar alguna decisión sobre la regulación o no del principio de la neutralidad de la red, permitiendo así a las distintas operadoras decidir sobre la conveniencia o no de aplicar dicho principio.

Sin embargo son cada vez mas los clientes de algunos operadores que se quejan de la merma en la calidad de su conexión sufrida al intentar utilizar servicios P2P, siendo ignorados en sus quejas tanto por la administración como por su proveedor de acceso a Internet.

¿Considera razonable la CMT que las operadoras tengan potestad para decidir que puede y que no puede hacer un usuario con la conexión que ha contratado y pagado? ¿Tomará algún tipo de medidas la CMT cuando se pretenda pasar de la discriminación por tecnologías a la discriminación por contenidos, dando lugar a una Internet de dos velocidades totalmente controlada por un puñado de corporaciones mediáticas y grupos de poder político, y condenando a la oscuridad a la mayor parte de la Red de Redes?

Firma: Angel Vázquez Hernández Coordinador del Comité Sectorial de Sociedad de la Información Partido Pirata

Y las respuestas recibidas fueron:

¿Sería posible aplicar la separación funcional a Telefónica dado que ya se ha comprobado que hay situaciones discriminatorias que degradan la competencia?

Respecto al carácter privado de Telefónica, fue una decisión del Gobierno que completó la privatización a finales de los años noventa. En dicho proceso lo que quedaba de Telefónica en poder del Estado fue vendido (obviamente por un precio).  Debo destacar que tanto el proceso de liberalización del mercado de las telecomunicaciones como la privatización de Telefónica fueron decisiones políticas no regulatorias. 

Por otro lado, el modelo de mercado en la prestación de las telecomunicaciones ha sido una decisión del Consejo y del Parlamento Europeo y se aplica en toda la Unión Europea, con independencia de que sus ex monopolios sean públicos o privados.

En cualquier caso, la posibilidad de segregación de la red de los ex monopolios es un asunto de plena actualidad, ya que en el Reino Unido se ha llevado a cabo una segregación funcional (separación en dos unidades de negocio: red y servicios, pero pertenecientes al mismo grupo de empresas) de la red de British Telecom, y en Suecia e Italia estudian medidas parecidas.

La Comisión Europea (CE) ha incluido la separación funcional como una nueva obligación a la que pueden recurrir las autoridades de regulación para fomentar la competencia si todas las demás medidas han fracasado. Sin embargo, esta reforma de la CE todavía debe ser aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros y trasladada a las legislaciones nacionales.

La CMT, en su documento sobre redes de nueva generación, concluyó que la separación funcional es una medida de último recurso que tiene como riesgo que pone en peligro la innovación. Aunque solucionaría algunos de los problemas de no discriminación en el acceso, puede desincentivar la innovación en general y el despliegue de fibra en particular, tanto de los ex monopolios como de los operadores alternativos.

Cada vez más los clientes de algunos operadores se quejan de la merma en la calidad de su conexión sufrida al intentar utilizar servicios P2P. ¿Considera razonable la CMT que las operadoras tengan potestad para decidir qué puede y qué no puede hacer un usuario con la conexión que ha contratado y pagado?

La falta de un compromiso cuantificable sobre calidad es una de las características de las ofertas de banda ancha más populares y económicas. Las operadoras dan el servicio bajo un compromiso de “Lo mejor posible”, que realmente les obliga a poco. Hay algunas ofertas que presentan garantía de flujo de tráfico orientadas a empresas, que suelen ser más caras. En el caso de las aplicaciones P2P, es preciso reconocer que generan problemas en la medida en que son grandes consumidoras de ancho de banda y pueden inducir  a algunos operadores a limitar el flujo a determinados puertos. En mi opinión, las ofertas de banda ancha son a veces insuficientemente transparentes en cuanto a determinadas limitaciones que deberían, como mínimo, hacerse explícitas.

En el campo de protección del usuario de banda ancha queda mucho por hacer. Mientras tanto, los clientes que tengan problemas con los proveedores de Internet deben dirigirse al Ministerio de Industria, tal y como he explicado en la pregunta que me hacía un Bocadepez más arriba. En todo caso, mi recomendación es que hay que analizar y clarificar las condiciones del contrato que se ha firmado con la operadora y  reclamar dichas condiciones en el caso de contratación telefónica o por Internet a fin de conocer los compromisos asumidos y, en su caso, para poder reclamarlos.

 Es decir: mas de lo mismo. No habrá separación funcional (al menos de momento), y sobre el "capado" del P2P... dirigir las quejas al Ministerio de Industria.

Tomamos nota: la próxima vez que quiera hablar de neutralidad de la red me dirigiré directamente al ministro. Falta saber a quien le va a concecer ZP dicho honor.

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Sun, 16 Mar 2008 16:36:26 +0100
Dia de reflexion http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/08/dia-de-reflexion http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/08/dia-de-reflexion Sin comentarios.

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Sat, 08 Mar 2008 14:29:08 +0100
La Neutralidad de la Red está en venta http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/06/la-neutralidad-de-la-red-esta-en-venta http://anvazher.nireblog.com/post/2008/03/06/la-neutralidad-de-la-red-esta-en-venta A veces los sueños son premonitorios de las peores pesadillas. El pasado verano, como parte de la respuesta a la encuesta de la CMT sobre las redes de nueva generación, el Partido Pirata elaboró la Propuesta Operador Neutro. En dicha propuesta destacaban las siguientes ideas:
*Para evitar el control de la red por parte de un solo operador, y favorecer la libre competencia, se proponía la separación funcional.
*Se abriría el mercado del desarrollo y explotación de las nuevas redes (como mayoristas) a todo aquel que quisiera participar en un nuevo y único Operador Neutro.
*La participación de la industria discográfica y audiovisual en dicho Operador Neutro facilitaría la transición de un modelo de negocio obsoleto, basado en la discribución física de CD y DVD, a un nuevo modelo de negocio basado en la distribución de contenidos por la red. Pemitiría obtener beneficios de todo el tráfico de datos, ya fueran libres o sometidos a copyright restrictivos, y vaciaría de significado el actual concepto de canon digital.
*La posibilidad de la industria discográfica y audiovisual participase en dicho Operador Neutro pasaría, no obstante,  por la condición de elevar a norma de obligado cumplimiento el principio de Neutralidad de la Red, de forma que no pudieran priorizarse unos contenidos frente a otros por razón de su rentabilidad económica, tendencia ideológica o cualquier otro criterio discriminatorio. De no realizarse así las discográficas y productoras audiovisuales presionarían para priorizar el tráfico de sus contenidos frente a la competencia de los creadores libres, cuya presencia en la red quedaría rapidamente oscurecida.

Hemos venido defendiendo este sueño durante los últimos meses, en el covencimiento de que podría contribuir a solucionar problemas tales como la baja relación calidad/precio del acceso a Internet en España, eliminaba la polémica del canon, facilitaba la transición de las industrias discográficas y audiovisuales a un nuevo modelo de negocio y, al mismo tiempo, consagraba el principio de Neutralidad de la Red.

Nos preocupaba, no obstante, el desinterés (o, peor aún: la ignorancia) de los grupos políticos con representación parlamentaria respecto a la importancia de estos temas, destacable frente al interés que, sin embargo, mostraban cada vez con mayor fuerza las operadoras de telefonía. Tanta falta de interés por parte de nuestros gobernantes, y tanta por parte de los señores de la red nos hacía presagiar que las reglas del juego las dictarían las empresas del sector, no nuestros representantes parlamentarios, y no en nuestro beneficio, sino en el suyo propio.

Y es que, aunque la CMT, en la encuesta antes mencionada, alertaba sobre los riesgos que la pérdida de la Neutralidad de la Red podría acarrear,

Sin embargo, no se puede obviar el riesgo de que en un entorno de bajo nivel de competencia
(como es el caso de las redes de acceso), la utilización de precios diferenciados suponga que los operadores de redes de acceso discriminen en favor de los contenidos propios frente a los de otros proveedores. Por el contrario, en un contexto de neutralidad de red, los usuarios accederían a cualquier contenido sobre una base de precio de acceso único, independiente del servicio o contenido accedido, y los prestadores de servicios serían quienes facturarían o darían un valor diferente en función de la información suministrada.

en las conclusiones de dicha encuesta despacha así toda discusión al respecto:

4.1.1. Neutralidad de las redes
Así, se abordó el debate sobre la neutralidad de la red, aspecto que la mayoría de las respuestas no considera conveniente regular, coincidiendo los operadores en dejar abierta la posibilidad de fijar precios que reflejen la medida del uso de la red.

Conclusion que, de forma inequívoca, da licencia a los operadores para hacer lo que estimen oportuno con respecto a la Neutralidad de la Red.

Y, como era de esperar, ante la pasividad (o la dejadez) de nuestros gobernantes las operadoras ya han movido ficha y están tomando posiciones para proponer su propia solución al problema de las redes. Podemos leer hoy, jueves 6 de marzo de 2008, en el diario Público, la noticia de que Redtel (es decir: el lobby formado por Telefónica, Vodafone, Orange y Ono) reclaman “poner orden en la red”. En dicho artículo el diario Público dice que, ante la inminencia de las elecciones, las operadoras piden un nuevo marco a los principales partidos, porque

En el horizonte vislumbran que los ingresos de “la industria legal de contenidos on line se van a multiplicar por diez” y que ellas tienen las autopistas por las que circulan.

El estímulo para que los gobiernos apoyen sus peticiones son “8.000 millones de euros al año” que están dispuestas a invertir en redes de acceso de alta velocidad, pero con condiciones. “No nos podemos permitir invertir en un estado de desorden como el actual”.

Es decir: las operadoras quieren pasar de ser simples operadoras a ser distribuidores de contenidos, y están dispuestas a pagar por ello lo que haga falta. A pesar de que, en una primera lectura, alguien pueda considerar interesante la oferta (por el desarrollo de nuevas infraestructuras) en realidad nos encontramos ante un intento de secuestro de la red: si la administración da el visto bueno a proyecto el resultado será la priorización de contenidos comerciales en detrimento de la circulación de contenidos libres y, a la larga, quizá represente la escisión de la red en una Internet de dos velocidades.

El primer síntoma de esta pérdida de neutralidad de la red es ya de sobra conocido por muchos usuarios: el llamado “capado” del P2P, por el que una conexión de alta velocidad se vuelve repentinamente lenta al intentar utilizar servicios P2P. Cuando todas las grandes operadoras de telefonía tengan contratos de distribución con  las productoras musicales y audiovisuales  ¿cual de ellas consentirá el uso de servicios P2P que puedan hacerle la competencia en la distribución de estos contenidos? ¿Cómo afectará esta nueva situación a servicios como YouTube o Google Video? ¿Y a los distribuidores de música libre como, por ejemplo, Jamendo?

Y, llegados al extremo ¿Qué garantias tenemos de que no se priorizará el acceso a algunas webs (las de grandes empresas, grandes grupos mediáticos, partidos políticos mayoritarios) a costa de proporcionar peor acceso a otras (pequeño comercio electrónico, blogs, partidos políticos minoritarios, ONGs con pocos recursos económicos) en función de que puedan pagar o no por mantener su accesibilidad al gran público, al igual que ocurre hoy en día con los mass media tradicionales?

Según todos los indicios la guerra por la neutralidad de la red acaba de empezar. Si la sociedad española no despierta pronto no lo hará nunca.

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Thu, 06 Mar 2008 19:49:09 +0100