Todo DJ con CD grabados es un delincuente mientras no se demuestre lo contrario
Ya había comentado hace algunos días la intervención de la Policía en la sala Low, aunque hasta ahora no había encontrado mas información respecto a aquel asunto.
Acabo de leerlo en El País, aunque el artículo se publicó hace días. Si lo que dice este diario es cierto entonces cualquier DJ sorprendido en posesión de CD grabados es sospechoso de estar violando la Ley de Propiedad Intelectual, y su material puede ser requisado en el acto.
Parece ser, según el citado artículo, que el procedimiento seguido por la Policia es el siguiente:
- Se entra en una sala de fiestas (a cualquier hora, con la sala llena o vacía) y se revisan camerinos y maletas del DJ en búsqueda de CD grabados.
- En caso de encontrar CD se informa al DJ de que está cometiendo un delito. Se le advierte que de reincidir se le requisará el material y se le impondrá una multa.
- Para evitar la multa y el requisado del material el DJ deberá demostrar que los CD proceden de fuentes legales propiedad del DJ.Se supone que el DJ está violando la Ley de Propiedad Intelectual mientras no consiga demostrar su inocencia.
- No se admite el uso de música de autoría no demostrable (música inédita creada y grabada por uno mismo o por unos amigos, por ejemplo).
Según el flamante Manual de buenas prácticas para la persecución de los delitos contra la propiedad intelectual editado por el Ministerio de Cultura
A partir de la entrada en vigor de la Ley 15/2003, de reforma del Código Penal, los delitos contra la propiedad intelectual son perseguibles de oficio, sin necesidad de denuncia previa del perjudicado, por lo que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán actuar frente a esta clase de infracciones con independencia de que los perjudicados ejerzan o no sus derechos.
Es decir: no es necesaria denuncia previa.
De este modo, es importante subrayar el hecho de que, con carácter general, no es necesaria una orden judicial de entrada y registro para realizar registros e investigaciones en locales o establecimientos abiertos al público.
Es decir: no se necesita orden judicial para entrar en un local abierto al público como una sala de fiestas.
Pero nada se dice en dicho manual sobre la posibilidad de que un CD grabado sea de una obra propia, inédita, de dominio público o publicada bajo licencia libre, en cuyo caso no se estaría violando ningúna ley. Es evidente que, en un caso así, a la larga se le daría la razón al DJ ¿Pero durante cuanto tiempo se vería dicho DJ privado de sus discos e imposibilitado para trabajar? ¿Y el local donde fueran requisados los CD? ¿Tendrían derecho a reclamar indemnización por los perjuicios causados? ¿Cuanto tiempo tardarían en recibir dichas indemnizaciones?
Con todos mis respetos: el Manual de Buenas Prácticas necesita que le añadan algunos capítulos.












Meneame
del.icio.us
Y a los ´`actorcillos´`?¿?.-,........ que empiecen con dias de vino y rosas ,la nueva obra de teatro del ´`colectivo intelectual´`,(no sé si habran pagado el canon al autor der la original),qué, para anunciar la obra en todas las cadenas de TV relacionadas con Prisa bien que no se cortan en salir con un cd grabado,qué.con los comentarios que se traen,no se supone contenga fotografías precisamente.
Precisamente los que reniegan de las cópias de seguridad ,y su innecesidad,son los primeros que no se cortan una cala en enseñar a tó dios,y a mansalva,qué ,justicia señor,pero por mi casa no.
Basta revisionar el reportaje sobre esta obra en CNN o Canal 24H o Cuatro.,............casualidad?.
yomismamente. — 25-12-2008 - 19:25:27 GMT 1