El Partido Pirata no secunda el voto del eurodiputado pirata sueco
El Partido Pirata Español se desliga del voto en el Paquete Telecom del eurodiputado pirata sueco
En algunos medios de comunicación, incluyendo algunas conocidas páginas web, se ha realizado una optimista interpretación de los últimos acontecimientos relacionados con la tramitación del paquete de telecomunicaciones en la Unión Europea. Uno de los motivos alegados para esta visión optimista ha sido el visto bueno del eurodiputado pirata Christian Engström, que, en relación a la posibilidad de que un usuario sea desconectado de Internet sin necesidad de permiso judicial previo, afirma que:
3a. Las medidas tomadas por los Estados Miembros acerca del acceso de los usuarios finales a servicios y aplicaciones a través de redes de comunicaciones electrónicas deben respetar los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas, tal y como garantizan la Convención Europea de Derechos Humanos y los principios generales de las Leyes comunitarias.
Cualquiera de estas medidas acerca del acceso de los usuarios finales al uso de servicios y aplicaciones mediante redes de comunicaciones electrónicas que puedan restringir esos derechos fundamentales y libertades podrán ser impuestas solo si son apropiadas, proporcionales y necesarias en el marco de una sociedad democrática, y su implementación deberá estar sujeta a las salvaguardas procedurales adecuadas en conformidad con la Convención Europea de Derechos Humanos y los principios generales de las Leyes comunitarias, incluyendo una protección judicial efectiva y el debido proceso. Por consiguiente, estas medidas solo se podrán tomar con el debido respeto al principio de presunción de inocencia y el derecho a la privacidad. Se debe garantizar un procedimiento previo justo e imparcial incluyendo el derecho a ser oídas de la persona o personas involucradas, sujeto a la necesidad de condiciones y arreglos procedimentales apropiados en casos justificados de urgencia en conformidad con la Convención Europea de Derechos Humanos. El derecho a una revisión judicial efectiva y oportuna debe estar garantizado.
El compromiso alcanzado es ciertamente una victoria para los usuarios de internet en la cara de gobiernos preparados para cortarnos internet, pero no la conclusión de la lucha a la hora de defender sus derechos.
El acuerdo es un resultado directo del trabajo duro de miles y miles de usuarios de Internet. Ellos contactaron con sus representantes, se conectaron mediante blogs y elevaron la atención pública en esta materia. Sin ellos, no habríamos progresado en esto en círculos políticos.
Yo particularmente congratulo la insistencia en un “procedimiento previo justo e imparcial”, que conforma una fuerte línea de defensa contra la draconiana ley Hadopi “3 strikes” en Francia y similares medidas que está promocionando Lord Mandelson en UK. Aunque felicito al Parlamento Europeo por mantenerse firme y sólo permitir cortar la conexión a internet ante estrictas reglas, debo subrayar que siempre está mal que cualquier gobierno corte la conexión a internet de los ciudadanos.
Sin embargo el Partido Pirata de España, que es independiente del Piratpartiet sueco, considera importante dejar claro que:
- La decisión de cortar la conexión de Internet a un usuario solo podría ser tomada después de haber realizado una vigilancia de las comunicaciónes realizadas por dicho usuario. El derecho a la privacidad de las comunicaciones está reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución Española (3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.), y para la anulación de ese derecho a un ciudadano es necesaria (salvo en estado de excepción) una decisión judicial previa, tal y como se recoge en el artículo 55.2 de la Constitución (2. Una Ley Orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.). No se entiende como podría, por lo tanto, cortarse en España la conexión a un usuario de Internet sin la intervención de un juez desde el primer momento del proceso, a no ser que se pretenda ir en contra de los artículos 18.3 y 55.2 de la Constitución Española, tal y como parece que se está haciendo al poner en marcha el Sistema Integrado de Interceptación Telefónica.
- El texto actual, de no modificarse sustancialmente antes de su aprobación definitiva, colisionaría con las garantías establecidas en la Constitución Española. En caso de tal colisión, y en virtud del recientemente aprobado Tratado de Lisboa, el derecho comunitario podría estar por encima del nacional, razón por la que algunos de los países miembros ha negociado para asegurarse de que alguna de sus leyes no quedasen anuladas por dicho tratado. España no ha negociado ninguna salvaguarda de sus garantías constitucionales, situación que podría dar carta blanca a los partidarios de dejar de aplicar dichas garantías con la excusa de la legislación europea, tal y como ya se puede hacer con el artículo 20.5 de la Constitución, actualmente ignorado por la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
Por lo tanto el Partido Pirata español quiere manifestar su honda preocupación por la situación de riesgo en que están entrando las garantias reconocidas en la Constitución Española en las etapas finales de la tramitación del paquete de telecomunicaciones, y se desmarca de la visión optimista del eurodiputado Christian Engström.
Fuentes:












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