Como intentar no utilizar el repertorio de la SGAE
En el fax que la SGAE envió hace poco a la Asociación de Empresarios de Montijo y Comarca puede leerse
Ningún empresario está obligado a utilizar en su establecimiento obras que pertenezcan al repertorio gestionado por la SGAE. Solo cuando voluntariamente deciden usar las obras musicales o audiovisuales administradas por nuestra entidad es cuando precisan de una autorización de los titulares de las obras que obtienen a través de la SGAE.
Pero claro, se entiende que esa voluntariedad solo es posible cuando es posible diferenciar de forma sencilla cuales son las obras pertenecientes al repertorio SGAE y cuales no. Tal diferenciación es muy simple en algunas obras de intérpretes muy conocidos, como puedan ser Eduardo Bautista García o José Ramón Julio Martínez Márquez, así que si no queremos utilizar obras del repertorio de la SGAE, para empezar, podemos rechazar la casi totalidad de los discos que podamos encontrar en el Corte Inglés, Carrefour y otras grandes superficies, dedicados casi en exclusiva a esta minoría de intérpretes superventas.
Aún así, descartados estos autores superventas, ocurre que solamente habríamos eliminado a una pequeña parte de los socios de la SGAE: quedaría una inmensa mayoría de socios que, a pesar de no percibir nada del dinero recaudado por dicha entidad sin ánimo de lucro, habrían concedido autorización a la SGAE para que dicho dinero fuera recaudado en su nombre.
Y, claro, esto ya no es tan sencillo, porque aunque un hostelero con toda la buena voluntad del mundo intentase limitarse a la utilización de obras cuyo sentido común le indicase que deberían estar fuera del repertorio de la SGAE, la experiencia ha demostrado que incluso buscando obras de siglos pasados uno nunca está seguro.
Llegados a este punto lo mas sensato sería preguntar a la misma SGAE, y lo mas lógico pedirles un catálogo de las obras cuyos derechos de autor gestionan. tal y como lo hizo recientemente la Asociaciación de Empresarios de Montijo y Comarca, pero la SGAE rechazó la solicitud proponiendo a los empresarios que, ante cualquier duda, consultasen el repertorio disponible en la web de la SGAE.
Ciertamente el repertorio de la SGAE está disponible via web en https://socios.sgae.es/RepertorioOnline/, pero lo está bajo las siguientes condiciones de consulta:
El repertorio de SGAE que Usted está consultando contiene suficiente información sobre las obras musicales del repertorio SGAE, que incluye las composiciones extranjeras licenciadas por SGAE.
La información contenida en la base de datos ha sido proporcionada a SGAE desde una variedad de fuentes, y SGAE no establece garantías o manifestaciones de ninguna clase con respecto a su exactitud. Cualquier uso de esta información con algún propósito distinto del de determinar qué composiciones musicales contiene el repertorio de SGAE tras la última actualización será a riesgo del usuario. Nuestra base de datos muestra los nombres de los intérpretes de la obras musicales a título orientativo.
SGAE actualiza diariamente la información de su repertorio. SGAE específicamente deniega toda y cualquier responsabilidad por alguna pérdida o daño en el que pueda incurrirse, directa o indirectamente, como resultado del uso de la información en esta base de datos, o por cualquier omisión u error contenido en esta base de datos.
SGAE es la propietaria de todos los derechos de la base de datos del Repertorio SGAE en base a la legislación vigente aplicable. La base de datos tiene como objetivos la búsqueda, investigación e información de las obras musicales en la forma presentada. El usuario no puede copiar, distribuir, descargar, publicar, modificar, rehacer el formato, reconfigurar, extraer, enlazar, incorporar en otros software, base de datos o material online, o de otro modo apropiarse de la base de datos que aquí se presenta, sin el permiso expreso por escrito de SGAE. El usuario no puede crear, generar, configurar al contrario o compilar ninguna versión de código fuente de la base de datos o cualquier parte de la misma, ni podrá ayudar a otros a ello ni permitir a otros que lo hagan.
Al iniciar una consulta con la base de datos SGAE de obras musicales a través de internet, el usuario entiende las limitaciones de la información de esta base de datos, acepta los términos y condiciones manifestadas anteriormente y renuncia a todas y cualesquiera reclamaciones de cualquier clase y naturaleza contra SGAE, sus directivos, empleados, afiliados o licenciatarios con respecto al uso por parte del usuario de esta base de datos o de la información proporcionada.
Es decir, que la SGAE no proporciona un catálogo fiable, solo un catálogo orientativo, y no ofrece garantía ninguna de su exactitud. Tampoco se hace responsable de los problemas que puedan derivarse del uso de la información de dicho catálogo, por lo que para consultar dicha base de datos se obliga al potencial usuario a renunciar a posibles reclamaciones contra la SGAE, sus directivos, empleados, afiliados o licenciatarios. Debo decir que ignoro que hay mas allá de esta página de advertencia, dado que al rechazar las condiciones impuestas me ha resultado imposible consultar la base de datos.
Así que, agotados los recursos que la SGAE está dispuesta a proporcionar, solo queda recurrir a repertorios libres. En España puede encontrarse un buen repertorio de música libre via web en EXGAE, entidad que afirma haber rechazado aquellos portales que no pudieran garantizar que la música disponible fuera libre (y, por lo tanto, no incluida en el repertorio SGAE).
Dentro del repertorio EXGAE solamente Jamendo ofrece algunas dudas sobre la naturaleza de algunas de sus obras, pero su catálogo es tan grande (en este momento ofertan 27189 álbumes disponibles para descarga libre bajo distintas licencias Creative Commons) que no puede ser ignorado.
Alguien podría objetar que todo esto de la música libre está muy bien, pero que no se puede comparar la categoría de las obras de música libres con la de la música gestionada por la SGAE, y que el uso de licencias libres, al ser incompatible con una explotación comercial rentable, acabará por afectar gravemente a la música. A esto habría que responder que:
- La música de Beethoven, Bach, Vivaldi, Mozart y otros autores clásicos hace ya tiempo que pasó al dominio público, y aunque algunas de sus adaptaciones modernas generen derechos de autor gestionados por la SGAE también hay adaptaciones libres.
- En la tienda on line de Amazon el disco mas vendido en 2008 fue Ghosts I-IV,de Nine Inch Nails, publicado bajo licencia Creative Comons no comercial-reconocimiento-compartir igual, a pesar de lo cual sus ventas fueron millonarias, y fue nominado para dos premios Grammy.
- El segundo disco de la misma lista de discos de Amazon fue Viva la Vida, de Coldplay, grupo que acostumbra regalar discos a sus fans, lo que no impidió que "Viva la Vida" fuese el disco mas vendido en el mundo en 2008. En realidad no es música libre, pero demuestra que regalar música no es incompatible con hacer negocio.
- Si bajamos en la misma lista hasta el número 11 nos encontramos "In Rainbows", de Radiohead, que inicialmente podía descargarse de Internet al precio que los oyentes considerasen oportuno. Aún así el disco fue un éxito de ventas.
- Para encontrar a estrellas realmente conocidas por estas latitudes tenemos que bajar en la lista de los cien mas vendidos de Amazon hasta puestos como el número 13 (Metallica), 14 (los intérpretes del musical Mamma Mia), 20 (R.E.M.), 24 (Madonna), 36 (Rihanna), 39 (Sheryl Crow), 40 (los intérpretes de Camp Rock), 41 (Mariah Carey), 43 (Miley Cyrus), 46 (Alanis Morissette), 58 (de nuevo R.E.M.), 60 (Jonas Brothers), 79 (intérpretes de High School Musical), 87 (Sarah Brightman), 88 (The Cure) o el 95 (otra vez Madonna). Si comparamos el esfuerzo publicitario dedicado por las discográficas a estas estrellas con su puesto en la lista de Amazon la conclusión es que no debe haber una buena correlación entre fama y calidad musical.
Mi recomendación: busquen entre la música libre obras que puedan servir para ambientar sus establecimientos comerciales, y dejen de preguntarle a la SGAE por un repertorio que, a fin de cuentas, es especial principalmente por el esfuerzo publicitario volcado en algunas de sus obras, no por su calidad.













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Acabo de llegar a casa molido, he entrado en la red para ver si hay novedades interesantes y , vía
Carta de maese Ángel Vázquez, antiguo tuno caballero de la ilustre Tuna Universitaria de Badajoz, a maese Eduardo Bautista, gran maestre del Gremio de Autores del Reino de España.